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Recepción electrónica y la nueva normativa DIAN que te permite ahorrar dinero en tu próxima declaración

La DIAN introdujo nuevos cambios normativos que entrarán en vigencia en los próximos meses, y es importante conocerlos porque tienen impacto directo en la operación y procesos financieros de su empresa.

El cambio específicamente hace referencia a una resolución que entra en vigencia el próximo 8 de julio. Pero antes de adentrarnos en la resolución, recordemos algunas acciones que posiblemente estén haciendo todas las empresas cuando reciban facturas a crédito.

Eventos: acuse, recibo, aceptación, reclamo

Una factura electrónica puede ser, en términos de la DIAN, definida de contado oa crédito . Esa denominación se registra en un campo dentro del famoso XML, que es el nuevo documento electrónico, (recordemos que ya no es el papel).

La factura de contado de por sí se considera aceptada, toda vez que se compró un bien o servicio y se hizo un pago de contado.

Sin embargo, cuando hay un pago a plazos, tiene otras condiciones. Ahí entran los conceptos de: acuse, recibo, aceptación y reclamo. Los cuales deben ser reportados a la DIAN tanto por el emisor como el receptor de la factura a crédito.

El acuse es una acción que permite notificar al proveedor que la factura ha llegado. En este sentido, es importante que las facturas que lleguen, se les dé acuse, y lo mismo deben hacer los clientes a los que les emitimos facturas.

La siguiente acción se llama recibo del bien o servicio. Esta permite indicar que ya se ha verificado el bien o el servicio y está listo para darle aceptación si se está satisfecho, o reclamo en caso de que se esté inconforme con lo recibido.

En resumen, luego de haber hecho el acuse o el recibo, entonces se podrá aceptar reclamar.

Sobre la resolución 085

El artículo 34 de la resolución 085, que fue emitida por la DIAN el pasado 8 de abril, incluye el concepto mensaje electrónico de confirmación de recibido de la factura y de los bienes y/o servicios adquiridos.

Esto se describe claramente, en el inciso 10 del artículo 616 del estatuto tributario, donde se expone que:  la factura electrónica de venta que se expide en una operación a crédito o que otorga un plazo para el pago de la misma, se constituirá como soporte de costos, deducciones e impuestos descontables, cuando el adquirente confirme el recibo de la factura y de los bienes o servicios adquiridos mediante un mensaje electrónico remitido al emisor.

Lo anterior quiere decir que, cuando se recibe una factura a crédito o a plazos, la única forma de usarla para soportar declaraciones de impuesto es a través del mensaje electrónico que se genera haciendo acuse y recibo, y se convierte en otro documento XML, que se debe enviar a la DIAN para ser validado.

¿Qué sucede si se hace una compra a crédito y finalmente nunca se hace acuse y recibo? 

Básicamente es dinero perdido, porque no se podrá soportar en la declaración de impuestos. Por tanto, si se desea reducir impuestos, es urgente tomar acciones, ya que el 8 de julio del presente año empieza a regir la norma.

¿Cuál es la acción inmediata que se debería tomar para garantizar este proceso?

Asegurarse de contar con un proveedor tecnológico que brinde recepción de factura y permita acusar, recibir, aceptar o reclamar. Cabe resaltar que recibir facturas en un correo electrónico no permite reportar los eventos ante la DIAN.

Ahora, ¿no estás obligado a facturar, pero declaras renta? Hacer acuse y recibo permite usar tus compras como soporte de costos y deducciones.

¿Tiene alguna sanción no hacerlo? 

La principal consecuencia sin duda es no poder descontar del impuesto a la renta una cantidad importante de dinero.

Así mismo, el artículo 652 del estatuto tributario referencia que las consecuencias de no cumplir con estas acciones relacionadas con las obligaciones tributarias pueden ser desde el 0,5 de todos los ingresos, o moverse entre el 3 y el 5% de las facturas electrónicas que no se acusaron, recibieron, o que se presentaron tarde.

Por todo lo anterior, es importante establecer un mecanismo automatizado de administración de facturas electrónicas, que sea capaz de recibir, validar, dar las opciones para acusar y recibir, para de esta forma descontar ese dinero y eventualmente hacer la aceptación o el reclamo.

Facture brinda una herramienta que permite hacer este proceso. En nuestra plataforma no solo puedes emitir facturas, sino que contamos con una poderosa herramienta llamada Inbox de recepción , en la que puedes recibir tus facturas, acusarlas, enviarlas a la DIAN ya su proveedor; recibirlas, también validada por la DIAN y enviada a su proveedor; y luego hacer la aceptación o el reclamo, si hubiere lugar.

Una herramienta como esta es la que te evitaría perder dinero en tu de renta del próximo año o tu declaración de IVA que viene próximamente este año.

[Recepción de facturas y documentos electrónicos: Deduce las facturas que recibes y no pierdas dinero]

¡Para más información, escríbenos aquí!

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