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Facturar al vender y no al cobrar, lo que aclara la dian sobre el momento de expedir la factura electrónica

Escrito por ESTELA | Oct 28, 2026, 3:48:17 PM

De acuerdo con la DIAN, la factura electrónica se emite cuando se vende, no cuando se cobra. En un concepto reciente, la autoridad tributaria advirtió que esperar el pago del cliente para facturar, o hacerlo días después de la venta, es un incumplimiento que no se corrige con una factura tardía.

El Concepto 015975 de 2026, publicado el 16 de septiembre, responde a una práctica que se repite en muchas empresas: aplazar la factura hasta que el cliente pague o hasta que cierre el mes. Sin embargo, para la DIAN la obligación de facturar nace en el momento en que se entrega el bien o se presta el servicio, sin importar si el pago es de contado, a crédito o si todavía está pendiente.

Una factura tardía no se arregla después

La entidad también cerró la puerta a la factura extemporánea, ya que, si una venta no se facturó a tiempo, emitir el documento días o semanas después no subsana el incumplimiento. "No existe en la legislación vigente un plazo adicional que permita demorar la facturación electrónica", señala el concepto.

El documento aclara, además, dos confusiones frecuentes. Que el comprador pueda deducir un gasto, aunque la factura tenga fecha del año siguiente no le da al vendedor más tiempo para facturar. Y que el sistema de la DIAN acepte una factura emitida tarde no significa que se haya expedido a tiempo.

Las consecuencias no son menores. No facturar es una infracción por sí misma, que puede llevar al cierre del establecimiento por tres días o, si la empresa se acoge, a una multa equivalente al 5 % de sus ingresos operacionales del mes anterior.

Lo que cambia en el día a día de las empresas

El concepto no menciona sectores ni empresas, pero su efecto se sentirá sobre todo en las compañías con muchas ventas a crédito o con grandes clientes corporativos. En nuestro análisis, al menos tres prácticas habituales deberían revisarse.

La primera es facturar cuando el cliente paga. Es común en ventas a crédito o en servicios con cobros inciertos, pero para la DIAN la factura debe salir con la venta, y la cartera se gestiona después.

La segunda es agrupar las ventas de un periodo en una sola factura al cierre del mes. La autoridad acepta que el cliente pague varias entregas juntas, pero exige que cada operación tenga su propia factura.

La tercera es retener la factura hasta que el cliente apruebe una orden o concilie diferencias. Si la venta ya ocurrió, la factura debe emitirse, y los ajustes posteriores se hacen con notas crédito o débito.

Cumplir, entonces, depende de que la factura sea correcta y de que salga a tiempo. Eso exige que el sistema de la empresa genere el documento en el momento de la entrega o del servicio, que se mida cuánto tarda cada factura en validarse ante la DIAN y que existan protocolos claros para cuando falle la plataforma, de modo que una caída técnica no termine en facturas tardías.

Facturar a tiempo también es cumplir

El concepto no crea una obligación nueva. Reitera una regla que ya existía, pero la aplica a situaciones muy concretas de la operación diaria: la venta a crédito, la factura que espera el pago y la que se emite días después. Para las empresas con alto volumen de operaciones, el mensaje es que la oportunidad de la factura es tan importante como su contenido.

Si tu empresa busca que su facturación electrónica salga en el momento correcto, con procesos automatizados y trazables que aseguren el cumplimiento ante la DIAN, Estela puede acompañarte.

Fuente

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