La entidad competente se pronunció respecto a lo que ha sido erróneamente denominado como la "exigencia del RUT actualizado" e hizo una convocatoria formal para aclarar este aspecto.
A partir de 2025, el Registro Único Tributario (RUT) experimentará una modificación significativa. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha decidido modificar un apartado del mencionado documento con el fin de eliminar lo que ha sido mal entendido como la obligación de presentar un "RUT actualizado".
Cabe recordar que el RUT es un documento esencial que establece las actividades económicas y las obligaciones fiscales de los ciudadanos colombianos. En ciertas ocasiones, se ha solicitado que este documento esté "actualizado" para poder llevar a cabo determinados trámites en el país. No obstante, la DIAN ha enfatizado que la actualización del RUT no implica simplemente presentarlo con la fecha más reciente de descarga.
Con el propósito de evitar confusión y salvaguardar los datos personales de los ciudadanos, la DIAN ha decidido eliminar la fecha de actualización que anteriormente aparecía en el RUT, dejando únicamente la fecha de su generación.
“El propósito de esta medida es evitar trámites innecesarios para los contribuyentes, al tiempo que reafirmamos que el RUT tiene una vigencia indefinida y no requiere actualizaciones periódicas, salvo en casos específicos”, afirmó el director general de la DIAN, el Sr. Jairo Orlando Villabona Robayo.
Además de esta modificación, la entidad también ha eliminado del RUT la fecha de expedición del documento de identidad del titular, con el fin de reducir el riesgo de suplantación de identidad de los contribuyentes, según explicó Villabona.
La DIAN, además, ha invitado tanto a las entidades públicas como privadas a verificar la validez del RUT a través de la comprobación de la fecha de generación y la marca de agua que lleva el texto “copia certificado documento sin costo” o “certificado documento sin costo”.
En cuanto a los casos en que se debe actualizar el RUT, la DIAN ha reiterado que la actualización no se refiere al cambio de la fecha de generación, dado que el RUT tiene vigencia indefinida. La actualización solo será necesaria en los siguientes casos:
El proceso de actualización del RUT es gratuito y puede realizarse a través del portal web de la DIAN o en las oficinas físicas de la entidad.
Ingresar al portal web de la DIAN y seleccionar el tipo de persona: 'A nombre propio' o 'A nombre de un tercero', según corresponda.