SUNAT amplía la discrecionalidad para uso del SIRE hasta febrero de 2027
En un esfuerzo por facilitar la transición digital de los contribuyentes, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) amplió la facultad discrecional para no aplicar sanciones por infracciones vinculadas al llevado de libros de manera electrónica. Esta ampliación se oficializó mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000041-2026-SUNAT/700000.
Esta medida representa un alivio para aquellos contribuyentes que aún enfrentan dificultades para adecuarse al Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), un sistema que ha transformado la manera en que se gestionan los registros de compras y ventas en el Perú.
¿En qué consiste este beneficio?
La disposición amplía lo establecido en la Resolución N.° 000039-2023-SUNAT/700000, que permite a la SUNAT aplicar discrecionalidad para no imponer sanciones. En concreto, no se multarán las infracciones previstas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario que se cometan en los siguientes periodos:
- Agosto de 2026
- Septiembre de 2026
- Octubre de 2026
- Noviembre de 2026
- Diciembre de 2026
- Enero de 2027
Esta discrecionalidad aplica siempre que se cumplan los criterios establecidos en la columna "Supuestos para la aplicación de la facultad discrecional" del anexo de la Resolución N° 000039-2023-SUNAT/700000.
Un plazo extendido para subsanar y ajustar sin multas
Además de eximir de sanciones en los meses señalados, la resolución otorga un plazo hasta el 28 de febrero de 2027 para:
- Subsanar la generación del Registro de Ventas e Ingresos electrónico (RVIE) y del Registro de Compras electrónico (RCE) a través del SIRE.
- Realizar los ajustes correspondientes que hayan quedado pendientes en el sistema.
Esto significa que, si un contribuyente no ha generado dichos registros o los presenta de manera extemporánea durante este lapso, tendrá hasta fines de febrero de 2027 para corregir las inconsistencias sin recibir multas.
¿Por qué la SUNAT toma esta decisión?
El SIRE —integrado por los módulos RVIE y RCE— fue aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 000112-2021/SUNAT para unificar y simplificar el llevado de registros electrónicos. Sin embargo, la transición ha sido compleja.
La SUNAT detectó que algunos contribuyentes obligados aún no generan estos registros o los presentan fuera de plazo, lo que evidencia dificultades de adaptación. Por ello, para evitar sanciones y facilitar la regularización de anotaciones pendientes, decidió ampliar el plazo y aplicar discrecionalidad.
¿Qué debes hacer ahora?
Si bien esta prórroga representa un alivio relevante, es recomendable que los contribuyentes no dejen todo para el último momento:
- Evita la acumulación: Aunque el plazo límite de subsanación es el 28 de febrero de 2027, registrar de forma mensual te ayudará a mantener tu contabilidad organizada y evitar cuellos de botella de último minuto.
- Familiarízate con el sistema: Aprovecha estos meses de gracia para dominar el uso de los módulos RVIE y RCE en el SIRE, minimizando el riesgo de errores futuros.
- Realiza los ajustes correspondientes: Si tienes inconsistencias en periodos anteriores, la plataforma permite realizar los ajustes necesarios sin penalizaciones bajo este marco de discrecionalidad.
Esta prórroga demuestra un esfuerzo de la administración tributaria por acompañar activamente al contribuyente en su proceso de adaptación tecnológica. Para las empresas, este periodo puede aprovecharse para regularizar sus registros, fortalecer sus procesos internos y avanzar con mayor trazabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones electrónicas.
Si tu empresa busca fortalecer sus procesos de facturación electrónica, mejorar la trazabilidad y asegurar el cumplimiento normativo, Estela puede acompañarte.






