A partir del 1 de noviembre de 2026, el "ticket de salida" que emiten los terminales portuarios dejará de servir para sustentar el traslado de mercancía extranjera hacia los almacenes aduaneros. Desde esa fecha, la Guía de Remisión Electrónica (GRE) será el único documento válido para respaldar esos movimientos.
El cambio cierra un periodo de transición que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ya había extendido una vez. Con la Resolución de Superintendencia N.° 000124-2026/SUNAT, publicada el 28 de junio de 2026, la autoridad concedió cuatro meses adicionales para que las empresas adaptaran sus sistemas. Ese plazo vence el 31 de octubre.
Para importadores, agencias de aduana, transportistas y proveedores de facturación electrónica, quedan pocos días para que terminen de implementar los ajustes en sus sistemas de emisión de guías a fin de que cumplan con los requisitos vigentes desde junio.
En Perú, todo traslado de bienes debe ir acompañado de una guía de remisión, según el artículo 17 del Reglamento de Comprobantes de Pago. Sin embargo, el mismo reglamento contempla algunas excepciones.
Una de ellas está en el acápite 3.2.9.1 del artículo 21. Esa norma permite trasladar la mercancía que ingresa por los terminales portuarios de Callao, Paita, Salaverry, Chimbote, Pisco, Ilo, Matarani y Chancay sin emitir guía de remisión. Basta con el "ticket de salida" que entrega el administrador portuario.
La excepción aplica cuando la carga va del puerto a un almacén aduanero o a un local considerado temporalmente zona primaria. Es decir, a mercancía que todavía no ha sido nacionalizada.
La SUNAT busca integrar los procedimientos aduaneros con los tributarios y uniformizar el control del traslado de mercancías en todo el país. Con un solo documento electrónico, la autoridad puede seguir la carga en tiempo real desde que sale del puerto, sin depender de un comprobante distinto emitido por cada terminal.
En la práctica, el objetivo es que la GRE sea el único documento que sustente el traslado de bienes en zona primaria sin destinación aduanera o sin levante.
La eliminación del ticket de salida estaba prevista desde 2024. El calendario cambió en el camino porque las empresas necesitaron tiempo para adaptar sus sistemas.
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Fecha |
Norma |
Qué dispuso |
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2024 |
R.S. N.° 000240-2024/SUNAT |
Aprobó la derogación del acápite 3.2.9.1, es decir, el fin del ticket de salida |
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2025 |
R.S. N.° 000133-2025/SUNAT |
Fijó la derogación para el 1 de julio de 2026 |
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31 de mayo de 2026 |
R.S. N.° 000108-2026/SUNAT |
Ajustó la GRE para estos traslados; vigente desde el 1 de junio |
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28 de junio de 2026 |
R.S. N.° 000124-2026/SUNAT |
Postergó la derogación al 1 de noviembre de 2026 |
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1 de noviembre de 2026 |
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El ticket de salida deja de ser válido |
La última prórroga tuvo una razón concreta. La R.S. N.° 000108-2026/SUNAT cambió la información que debe llevar la guía en estos traslados, y los emisores electrónicos necesitaban ajustar sus procedimientos y sistemas, además de hacer pruebas. Por eso la SUNAT permitió, de forma excepcional, seguir usando el ticket de salida hasta el 31 de octubre.
La pieza clave es un dato nuevo: el número de la "Cita u Orden de Entrega de Mercancías del Terminal Portuario". Es la referencia que conecta la guía con el retiro físico de la carga en el puerto, la misma función que hasta ahora cumplía el ticket de salida.
Según la R.S. N.° 000108-2026/SUNAT, este número es obligatorio en la GRE remitente cuando se cumplen dos condiciones a la vez:
Cuando la guía incluye este número, ya no es necesario consignar los números de contenedor y precinto.
La resolución también simplificó algunos requisitos. En importaciones con varios contenedores, bultos o pallets repartidos en distintos vehículos, pasan a ser opcionales los números de contenedores y precintos, la cantidad de bultos o pallets y el peso total.
Además, cuando el remitente incluye en su guía los datos del transportista para que este no tenga que emitir la suya, la GRE remitente debe indicar también la fecha de inicio del traslado.
La norma amplió los casos de GRE por evento, que permite actualizar un traslado ya en curso. Ahora se puede emitir ante un cambio de conductor por causas no imputables al remitente o al transportista. También, de forma excepcional, cuando el terminal emite una nueva cita u orden de entrega después de la GRE pero antes de iniciar el traslado; en ese caso, se emite desde SEE-SOL.
Para los sistemas de emisión, el cambio se refleja en los catálogos de SUNAT. Según las reglas de validación publicadas por la autoridad, el catálogo 55 incorporó el código 7029 y el catálogo 61 el tipo de documento 92, ambos para la cita u orden de entrega del terminal portuario.
La R.S. N.° 000108-2026/SUNAT también definió quién es responsable de la GRE remitente en operaciones de comercio exterior:
Esta precisión importa a partir de noviembre. Si nadie emite la guía, la carga no tendrá ningún documento que la respalde, porque el ticket de salida ya no será una alternativa. Por eso conviene que importadores y agencias dejen claro por escrito quién asume esa obligación en cada operación.
Con el plazo a punto de vencer, las empresas que mueven carga desde los puertos deberían confirmar cinco puntos:
El fin del ticket de salida es un cambio pequeño en la letra de la norma, pero grande en la operación diaria de los puertos. Desde noviembre, cada contenedor que salga de un terminal hacia un almacén aduanero quedará registrado en un documento electrónico que la SUNAT puede verificar en tiempo real.
Para las empresas que ya adaptaron sus sistemas en junio, el 1 de noviembre será un día normal. Para las que siguieron usando el ticket como respaldo, es momento de confirmar que todo esté listo.
Si tu empresa traslada mercancía desde los terminales portuarios y busca asegurar que sus guías de remisión electrónicas cumplan con los nuevos requisitos de la SUNAT, Estela puede acompañarte.