ESTELA Peru

Modifican normas de contingencia relacionada con la liquidación de compra

Escrito por ESTELA PERÚ | Jan 17, 2025 4:38:43 PM

La SUNAT publicó la resolución N.° 045-2020/SUNAT que establece la aplicación de las disposiciones sobre comprobantes de pago que se emiten en contingencia a las liquidaciones de compra, implementa la consulta a la que accede el vendedor y facilita el envío de la declaración jurada informativa.

Principales modificaciones.  

  • Emisión de liquidaciones de compra físicas por contingencia:  Se establece que, para las liquidaciones de compra físicas se deberá seguir el mismo procedimiento que se sigue para las facturas, boletas y notas emitidas en contingencia.  
  • Presentar la solicitud en Sunat Operaciones en Línea para la autorización de impresión del comprobante físico por contingencia. 
  • Los límites para conceder la autorización (se debe informar previamente a Sunat lo emitido en forma física antes de pedir una nueva autorización). 
  • Consignar los siguientes requisitos en el comprobante: "Emisor electrónico obligado" y "Comprobante emitido en contingencia". 

Baja de los formatos físicos no otorgados: 

  • Si fueron previamente informados a la Sunat, pero no se otorgaron al vendedor: 
  • Cuando se emite desde el portal de la Sunat, la baja se realiza por el mismo medio. 
  • Cuando se emite desde el SEE del contribuyente, la baja se realiza a través del Resumen diario de reversiones del CRE y de la liquidación de compra electrónica. 
  • No se informaron previamente a la Sunat ni se otorgaron al vendedor: 
  • Se deberá realizar a través de la solicitud de baja. 

Clave SOL: Se establece que la Clave SOL puede ser generada para los contribuyentes que cuenten solo con DNI, además sean productores o acopiadores de productos o bienes y no tengan RUC. Nuevas opciones de consulta en Sunat Operaciones en Línea: 

  • Liquidaciones de compra electrónicas emitidas al vendedor ya sea desde el portal de la Sunat o desde los sistemas del contribuyente. 
  • Liquidaciones de compra físicas emitidas al vendedor e informadas a la Sunat. 

Para tal efecto, el vendedor debe acceder con su Clave SOL y su DNI. El emisor y el vendedor pueden también consultar la validez de la liquidación de compra electrónica emitida y sus notas  Liquidaciones de compra físicas, autorizadas antes del 1° de marzo del 2020:  El emisor puede seguir usando los formatos antiguos hasta el 30 de abril del 2020 siempre que: 

  • Hubieran sido autorizados antes del 1° de marzo del 2020 
  • La serie corresponda a un domicilio fiscal o establecimiento que no esté ubicado en una zona sin acceso a Internet 
  • Los formatos de las liquidaciones de compra sin los nuevos requisitos, que no se usen hasta el 30 de abril del 2020, deben darse de baja.