La Guía de Remisión Transportista y la Guía de Remisión Remitente son documentos utilizados en el transporte de mercancías que proporcionan información importante sobre la operación. En la Resolución N°000123-2022 emitida por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), se ha establecido la obligatoriedad de emitir guías de remisión de manera electrónica. La implementación de esta norma se ha llevado a cabo de forma gradual desde principios de 2023. Para obtener información detallada sobre los contribuyentes que están actualmente obligados y las próximas fechas importantes.
La guía de remisión del transportista es un documento fiscal esencial para el traslado y transporte de bienes desde un lugar o dirección a otro distinto. Su emisión está sujeta al cumplimiento de la Resolución N.° 000123-2022/SUNAT, específicamente en los incisos del artículo Nº 21, que también establece las excepciones a la obligatoriedad de contar con una guía de remisión. Este documento debe ser emitido de forma electrónica por los proveedores de servicios de transporte público de bienes.
La SUNAT solícita una serie de requisitos a los transportistas para emitir una guía de remisión electrónica. De acuerdo a la resolución N° 000123-2022/SUNAT se establecen los siguientes casos:
Asimismo, la SUNAT hace una sugerencia para el transporte de bienes a más de 20 remitentes, la cual consiste en emitir una sola guía con la siguiente información en apartado “Datos del bien transportado”:
La exoneración de la guía de remisión transportista está especificada en la resolución N.° 000123-2022/SUNAT en el artículo N° 21 correspondiente al inciso 2.2. En este caso se exonera la emisión de la guía cuando el traslado de los bienes se lleva a cabo en vehículos que hagan parte de la categoría L; es decir, unidades con menos de cuatro ruedas, así como en los vehículos que hagan parte de la categoría M1; es decir, unidades que tengan un alcance máximo de 8 puestos, sin tener en cuenta el asiento del propio conductor de la unidad, siguiendo los detalles del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por el Decreto Supremo N° 058-2003 MTC.
Para el traslada de bienes existen dos modalidades:
La guía de remisión remitente es el documento que debe ser emitido por el titular de los bienes al principio del traslado, es decir, el remitente. La emisión de la guía de remisión remitente se hace cuando se efectúa una venta, cuando se suministra un servicio donde se incluya el transporte, también se emite en caso de que se ceda en uso o se proceda a un traslado de bienes entre locaciones de la misma empresa o entre otros negocios. Asimismo, debe emitirla el consignador en la entrega de bienes a consignación, así como en la devolución de los productos no vendidos por el mismo. Dicha guía se debe emitir por cada destino de los bienes y destinatario, con excepción al caso donde sea el mismo destinatario, pero en varios lugares, se puede sustentar el traslado con una sola guía que tenga todos los puntos de entrega. En la guía de remisión remitente comprende información y datos importantes como son:
Es importante recordar que a partir del 1 de julio, se establece la obligatoriedad de emitir estas guías de manera electrónica e inicia el proceso de sanciones y multas a quienes incumplan con la normativa de la SUNAT. Si necesitas ponerte al día, nuestro equipo de expertos te puede brindar el soporte necesario para cumplir con los requisitos legales y evitar multas.