La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha publicado la Resolución de Superintendencia N.° 367-2025/SUNAT, mediante la cual se dispone una actualización del padrón de agentes de retención del Impuesto General a las Ventas (IGV). Esta medida incorpora a nuevos contribuyentes como agentes de retención y excluye a otros, marcando un cambio relevante que las empresas deben atender con antelación y criterio estratégico.
La actualización del padrón no es un simple ajuste administrativo. Representa un impacto directo en los procesos de facturación, pagos y cumplimiento tributario, por lo que resulta fundamental que las organizaciones revisen oportunamente su situación y adopten las acciones necesarias.
La norma detalla dos anexos principales:
Esta clasificación define con claridad qué empresas deberán comenzar a efectuar retenciones y cuáles dejarán de aplicarlas, modificando su rol dentro de la cadena tributaria.
Fecha de entrada en vigencia
Las disposiciones contenidas en la Resolución de Superintendencia N.° 367-2025/SUNAT entran en vigor el 1 de febrero de 2026.
A partir de esa fecha:
Ser designado agente de retención implica asumir una responsabilidad tributaria adicional, que requiere controles más estrictos, adecuaciones en sistemas de facturación, capacitación del personal y seguimiento permanente del cumplimiento normativo.
Por el contrario, la exclusión del padrón también exige ajustes, ya que mantener retenciones sin corresponder puede generar errores, reprocesos y contingencias fiscales.
Desde una perspectiva de liderazgo empresarial, este tipo de cambios normativos refuerza la importancia de contar con procesos flexibles, sistemas actualizados y asesoría especializada, que permitan reaccionar con rapidez y seguridad ante las disposiciones de la autoridad tributaria.
SUNAT recomienda revisar detalladamente la resolución y sus anexos para verificar la condición actual de cada empresa y tomar las medidas necesarias en sus procesos de facturación, cobranza y pagos antes de la fecha de entrada en vigencia.
Anticiparse a estos cambios no solo reduce riesgos, sino que fortalece la gobernanza fiscal y la confianza en la gestión financiera de la organización.