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SUNAT actualiza las reglas de validación de comprobantes electrónicos

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) publicó una nueva actualización del archivo de Reglas de validaciones de Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE), con cierre al 24 de julio de 2026, que contempla cambios en la emisión de facturas, boletas, notas de crédito y débito, así como los resúmenes diarios y las comunicaciones de baja.

¿En qué consiste esta actualización?

Entre los cambios principales se encuentran la modificación de catálogos, correcciones en la redacción de las validaciones, precisiones en longitudes de caracteres de ciertos documentos (como DAE-SEAE y DOAE) y la adición de una nueva hoja de cálculo denominada "Listados", la cual funciona como un diccionario técnico de las estructuras de datos manejadas por la SUNAT (incluyendo padrones de contribuyentes, certificados de emisor, entre otros).

¿A quiénes aplica?

Esta medida aplica a quienes emiten comprobantes de pago electrónicos y que deben asegurar la correcta transmisión de sus datos fiscales a la SUNAT. Afecta de manera directa a empresas que realizan operaciones con Notas de Crédito, Notas de Débito, comunicaciones de baja, Autorizado Electrónico – Por servicios aeroportuarios a favor de los pasajeros (DAE-SEAE), Documentos de Atribución Electrónico y Resúmenes Diarios. Asimismo, tiene un impacto directo sobre los emisores de bienes o servicios sujetos a detracciones y sobre quienes reportan operaciones gratuitas a través de los resúmenes diarios de boletas de venta y notas asociadas.

¿Cuándo entra en vigor?

La implementación de estas reglas se llevará a cabo de forma progresiva en tres fechas:

    • 1 de agosto de 2026:
      • Se actualiza la versión del Catálogo N° 25 (retorna a la v14) y su enlace, retirándose los catálogos 25.1, 25.2 y 25.3.
      • Entran en vigor nuevas validaciones para Notas de Crédito y Notas de Débito, tales como la validación de moneda para el documento 28 "TUUA" y 56 "DAE-SEAE".
      • Se restringe la baja de recibos públicos, aplicando únicamente a contribuyentes en el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) desde los sistemas del contribuyente/propio (empresas supervisadas). Esta validación no aplica si está vinculada a una OSE, bajo la precisión de que solo se puede dar de baja si se cuenta con una OSE.
      • Se precisa a 4 caracteres la longitud de la serie para los documentos "DOAE" (25), "TUUA" (28) y DAE.
      • Importante: todas las demás validaciones que no fueron modificadas en esta actualización mantienen su vigencia para el 1 de agosto de 2026.
    • 1 de septiembre de 2026:
      • Se incorporan nuevos códigos en el Catálogo N° 54 para bienes y servicios sujetos a detracciones: espectáculos públicos gravados con el IGV (038), ladrillos de construcción de cerámica y artículos similares (042), estructuras metálicas para la construcción (043), cobre gravado con el IGV (046) y plata gravada con el IGV (047).
    • 1 de enero de 2027:
      • Modificaciones en los Catálogos N° 09, 10 y 11 (desactivando el código "05-Gratuitas", creando nuevos códigos de operaciones como el "13" y modificando descripciones de notas).
      • Referencia a un solo comprobante origen al emitir Nota de Crédito y Nota de Débito.
      • Desagregación de las Operaciones Gratuitas en el Resumen Diario (Gratuitas-Gravadas, Gratuitas-Exoneradas, Gratuitas-Inafectas y Gratuitas-Exportación) y obligación de informar el IGV correspondiente.
      • Incorporación obligatoria del campo de apellidos, nombres o razón social del adquiriente en el Resumen Diario, el cual funcionará únicamente como una observación (tipo OBS) sin rechazo hasta el 31 de diciembre de 2026.

¿Qué debe prepararse antes de la entrada en vigor?

Es importante que las empresas se preparen cuanto antes para hacer la transición sin contratiempos y evitar problemas con la SUNAT:

    • Ajustes oportunos en el ERP: es necesario adecuar los sistemas de planificación de recursos empresariales (ERP) de cada organización para que procesen correctamente las nuevas estructuras y validaciones técnicas.
    • Actualización en la solución de Estela: los contribuyentes deben gestionar a la brevedad la actualización de su solución de Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE) de Estela para alinearse con los estándares exigidos por la SUNAT.
    • Planificar solicitudes técnicas: debido a la alta demanda que estas transiciones generan, se recomienda no postergar estas gestiones.

Estela puede ayudarte

La facturación electrónica en Perú sigue evolucionando y exige capacidad de adaptación constante. Si tu empresa busca adecuar sus sistemas a tiempo, evitar rechazos en sus transmisiones y mantener el cumplimiento fiscal ante los cambios de la SUNAT, Estela puede acompañarte.

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