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Cambios logísticos y aduaneros en la emisión de la GRE

La entrada en vigencia de la Resolución de Superintendencia N.° 108-2026/SUNAT introduce modificaciones relevantes en la gestión del transporte de carga y la logística de comercio exterior en Perú. Para los equipos de almacén, operaciones y despacho, conocer las nuevas reglas aplicables a la emisión de la Guía de Remisión Electrónica (GRE) es indispensable para evitar contratiempos en los controles de ruta.

A continuación, se presentan los cambios operativos más importantes.

Responsabilidad en la emisión de la GRE en comercio exterior  

La normativa define los roles de los actores aduaneros en operaciones de importación y exportación:

  • Agencias de aduana. Serán responsables de emitir la guía de remisión cuando exista un acuerdo explícito para el traslado de las mercancías.
  • Importador o exportador. Si no existe dicho acuerdo con la agencia, la obligación de emitir el documento recaerá directamente en la empresa importadora o exportadora, según corresponda a la operación.

Código 92 y obligatoriedad de la cita portuaria    

Se incorpora al Catálogo N.° 61 el documento relacionado con el código 92, correspondiente a la Cita u Orden de Entrega de Mercancías del Terminal Portuario. Su inclusión en la estructura de la GRE-R pasa a ser obligatoria bajo condiciones específicas.

Este dato debe registrarse cuando se traslade mercancía extranjera que aún no cuenta con destinación aduanera o levante, y cuyo retiro desde el terminal portuario se realice en contenedores en bloque.

Como excepción, si por contingencia se emite una guía en formato físico, este dato no necesariamente debe consignarse.


Flexibilidad en importaciones con múltiples contenedores  

Para operaciones de mayor volumen que involucran más de un contenedor o pallet, la SUNAT establece que cierta información tendrá carácter opcional.

En despachos que requieran varios vehículos para retirar la carga desde el terminal portuario, no será obligatorio detallar:

  • Números de contenedores.
  • Precintos.
  • Cantidad exacta de bultos o pallets.
  • Peso total transportado en cada unidad.

El documento de transporte seguirá siendo válido ante la autoridad fiscal sin estos datos.

Traslados hacia ZED y ZOFRATACNA   

La resolución añade nuevos códigos de documentos relacionados en el Catálogo N.° 61 para regular el traslado de mercancías extranjeras sin nacionalizar desde el punto de ingreso al país.

  • Traslados hacia una Zona Especial de Desarrollo (ZED). El traslado se sustentará con la Solicitud de Traslado - ZED, identificada con el código 94, acompañada de la guía de remisión del transportista cuando corresponda.
  • Traslados hacia ZOFRATACNA. La operación se respaldará con la Solicitud de Traslado - ZOFRATACNA, utilizando los códigos 93 o 95 según el tipo de flujo, junto con la respectiva guía de remisión del transportista.

Nuevos supuestos para la emisión de GRE por evento  

La resolución incorpora facilidades operativas para corregir o actualizar la información del transporte en ruta mediante la figura de la GRE por evento.

  • Cambio de conductor. Si durante el trayecto se requiere sustituir al chofer, debe emitirse una nueva GRE por evento antes de que el nuevo conductor inicie el traslado bajo las nuevas condiciones.
  • Modificación de cita portuaria. Si el terminal portuario anula la cita original y emite una nueva, deberá generarse una GRE por evento con el nuevo número de la Cita u Orden de Entrega de Mercancías.

Consideración operativa ante contingencias  

En caso de inconvenientes en las plataformas de comunicación XML, como el error 3617, la SUNAT permite de forma excepcional la emisión en soporte físico bajo los criterios de discrecionalidad vigentes.

Estos cambios refuerzan la importancia de revisar los procesos de emisión de la GRE, coordinar la información entre las áreas logísticas y aduaneras, y mantener actualizados los sistemas que intervienen en la generación de documentos electrónicos.

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