El Consejo de ministros ha aprobado una nueva ley que permite al ejecutivo implementar un mecanismo para la recaudación del Impuesto General a las Ventas (IGV) sobre los servicios digitales ofrecidos por empresas extranjeras a personas naturales en Perú. La medida se enmarca en las facultades delegadas al Poder Ejecutivo y pretende modernizar la normativa fiscal del país, adaptándola a los nuevos modelos de negocio desarrollados a través de plataformas digitales. La norma establece un conjunto de disposiciones que facilita el registro de proveedores no domiciliados en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), gestionado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Entre las facilidades aprobadas se incluyen la simplificación de los plazos de inscripción y la eliminación de requisitos como la constitución de una empresa domiciliada en Perú o la necesidad de contar con un representante legal en el país.
En caso de que una empresa no domiciliada no se registre o no cumpla con sus obligaciones de declarar y pagar el IGV, la nueva ley establece que las entidades bancarias y financieras, en calidad de facilitadores de pago, serán las encargadas de recaudar el impuesto. Para ello, la SUNAT elaborará una lista de proveedores que incumplan con sus obligaciones para que se proceda a realizar la percepción y/o retención del impuesto correspondiente.
Por ejemplo, en el caso de servicios como Airbnb, la SUNAT podrá obtener información sobre personas naturales que alquilan inmuebles de manera habitual, las cuales estarán obligadas a pagar el 18% de IGV y el 29,5% de Impuesto a la Renta (IR) por su actividad empresarial.
Esta nueva regulación permitirá al sistema tributario peruano alinearse con los estándares internacionales de recaudación del IGV en el contexto de los negocios digitales globalizados. Países como la Unión Europea, México, Chile, Costa Rica, Uruguay, Paraguay, Colombia, Argentina y Ecuador ya aplican este tipo de medidas, lo que facilita una fiscalidad más equitativa y efectiva en un mundo cada vez más digitalizado.
Además, el consejo de ministros ha aprobado una modificación a la Ley del Impuesto a la Renta. Esta modificación establece la obligación de que las personas naturales domiciliadas en Perú realicen pagos a cuenta por las ganancias que obtengan de la enajenación indirecta de acciones cuando estas no hayan sido retenidas. Este cambio busca reducir el riesgo de incumplimiento fiscal y garantizar que el fisco reciba ingresos a lo largo del año, conforme se vayan percibiendo las ganancias.
Con estas nuevas medidas, Perú sigue avanzando hacia una estructura fiscal más moderna, capaz de enfrentar los desafíos de la economía digital globalizada.