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3 Aspectos clave para entender la nueva ley de facturación electrónica en República Dominicana

Escrito por ESTELA | 26 Jan, 2024

La Ley de Facturación Electrónica es una medida que busca modernizar los procesos de facturación en República Dominicana. Esta nueva normativa entró en vigencia el 16 de mayo de 2023 y establece que será obligatorio el uso de factura electrónica como medio para documentar las transacciones comerciales en el país.

La facturación electrónica tiene como objetivo principal simplificar los procesos de facturación, permitiendo una emisión, recepción y conservación más ágil y eficiente de las facturas. Al migrar hacia este nuevo sistema, se espera que se reduzca la evasión fiscal, se mejore el control tributario y se facilite la fiscalización por parte de las autoridades competentes.

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El plazo para la implementación de la Facturación Electrónica.

 

Ante la entrada en vigencia de la ley, los plazos para su implementación comenzaron a computarse. La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) publicó el calendario de implementación de los contribuyentes obligados a emitir comprobantes fiscales electrónicos (e-CF).

De acuerdo a la categoría de contribuyente los plazos son:

  • Grandes contribuyentes nacionales: tienen un plazo de 12 meses de vigencia posteriores a la entrada de la ley de facturación electrónica. Estos grandes contribuyentes han sido divididos en tres grupos. El primer grupo tendrá como fecha límite el 15 de enero de 2024. El segundo grupo podrá habilitar sus comprobantes fiscales electrónicos hasta el 15 de marzo de 2024. El tercer grupo tiene un plazo hasta el 15 de mayo de 2024. Para confirmar en qué grupo se coloca su empresa, puede consultarlo en el link adjunto.
  • Grandes contribuyentes locales y medianos contribuyentes nacionales: tienen un plazo de 24 meses de vigencia posteriores a la entrada de la  ley de facturación electrónica. Lo que significa que estas compañías se deberán convertir en contribuyentes electrónicos antes del 15 de mayo de 2025. 
  • Pequeños, micro y no clasificados: tienen un plazo de 36 meses de vigencia posteriores a la entrada de la  ley de facturación electrónica. El margen para las pymes es de 3 años, con lo que la fecha límite para este tipo de empresas es el 15 mayo de 2026.

 

 

Otros aspectos relevantes de la ley de factura electrónica en República Dominicana 

 

INCENTIVO:: dentro de los aspectos importantes contenido en la ley de factura electrónica se encuentra el otorgamiento de un incentivo fiscal consistente en un crédito de impuestos a los contribuyentes que se acojan al calendario de implementación.

Los contribuyentes que aún no se encuentren obligados a facturar electrónicamente pero que deseen implementar integralmente antes de la llegada del plazo de obligatoriedad de ley, gozarán de los incentivos previstos en el artículo 38 y siguientes, que van desde los 300 mil pesos en caso de ser una Mipymes a RD$25 mil si se trata de una microempresa o empresa no clasificada.

La DGII precisó para aquellos que no están obligados, pero deseen implementarla gozarán de los incentivos previstos en el artículo 38:

  •       RD$300,000.00 a grandes MIPYMES;
  •       RD$200,000.00 a medianos contribuyentes;
  •       RD$75,000.00 a pequeños contribuyentes; y
  •       RD$25,000.00 a microempresas y no clasificados.

Exentos de impuestos: además, la nueva ley, en su artículo 34, contempla que los proveedores del Estado que hayan sido autorizados como emisores electrónicos ante DGII y el servicio o bien que se facture mediante e-CF, quedan exentos de la retención del 5 % del Impuesto sobre la Renta sobre pagos del Estado, establecido en la Ley 11-92, del 16 de mayo de 1992, que aprueba el Código Tributario de la República Dominicana.

 

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Conclusión

La República Dominicana está iniciando una fase de digitalización que tiene por objetivo avanzar en la transformación digital de las Instituciones Públicas y del tejido empresarial dominicano. La voluntariedad y la definición de los aspectos técnicos acercan cada vez más la transformación digital y la factura electrónica en las diferentes relaciones entre entidades públicas y privadas: B2G, B2B y B2C. Por otro lado, esta tecnología también tiene implicaciones para las personas físicas o jurídicas que reciben estos documentos porque ahora pueden verificarlos en línea antes de firmarlos.

 

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