De acuerdo con el proyecto de resolución DIAN, el documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities, hace parte de los 12 documentos equivalentes a la factura de venta que entrarían a implementarse de forma electrónica.
¡Por esto te contamos lo que necesitas saber sobre este importante documento!
¿Quiénes deben emitirlo?
Lo podrán expedir los sujetos obligados a facturar por los ingresos que por comisiones y otras remuneraciones, obtengan estas entidades.
¿Cuáles son los requisitos?
a) De conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 617 del Estatuto Tributario, deberá contener apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tributaria -NIT de quien presta el servicio.
b) De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 617 del Estatuto Tributario, llevar un número que corresponda a un sistema interno de numeración consecutiva.
c) De conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 617 del Estatuto Tributario, fecha y hora de expedición.
d) Descripción específica o genérica de bienes o servicios.
e) La discriminación del Impuesto sobre las Ventas -IVA, según corresponda.
f) De conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 617 del Estatuto Tributario, valor total de la operación.
g) Comisión a favor de la bolsa.
h) Apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tributaria -NIT, del fabricante del software y el nombre del software, para los casos en que el documento equivalente se genere y expida a través de un sistema informático.
En cuanto a la fecha de implementación, el decreto 442 del 29 de marzo de 2023 faculta a la DIAN para expedir las resoluciones de los calendarios de implementación y sus anexos técnicos de este y los demás documentos electrónicos, por tanto, esta fecha depende de lo que establezca la DIAN.
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Fuente: www.gerencie.com