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El rol de la Guía de Despacho Electrónica en los nuevos controles carreteros del SII

Escrito por ESTELA CHILE | Jul 21, 2026 11:03:26 PM

El Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile emitió nuevas disposiciones para fortalecer la fiscalización del transporte de carga terrestre en controles carreteros y móviles.

La medida dada a conocer mediante la Resolución Exenta N.° 91, firmada el 10 de julio de 2026, modifica reglas aplicables al ingreso de vehículos a las áreas segregadas de control y refuerza la obligación de exhibir documentación que respalde el traslado de bienes.

Todos los vehículos de carga deberán ingresar a control

Uno de los cambios más relevantes de la Resolución Exenta N.° 91 está en la modificación del Resolutivo 1° de la Resolución Exenta N.° 110 de 2024.

Con la nueva redacción, todos los conductores y dueños de vehículos de transporte de carga deberán ingresar a las áreas segregadas destinadas a puntos de control carreteros o móviles habilitados por el SII, incluso si el vehículo circula vacío.

¿Qué documentación debe exhibirse en la revisión? 

La normativa distingue dos escenarios.

  1. Cuando el vehículo traslada bienes. El contribuyente, dueño del vehículo o transportista deberá exhibir la documentación que ampara el traslado de los bienes corporales muebles. Esto puede incluir la guía de despacho, factura o boleta correspondiente, emitida conforme a la ley y al reglamento vigente.
  2. Cuando el vehículo no traslada bienes. Si el vehículo transita vacío o sin carga, el conductor deberá informarlo expresamente al funcionario fiscalizador durante la revisión.

Este punto es relevante para las empresas que realizan traslados frecuentes, ya que la correcta emisión y disponibilidad de los documentos tributarios puede marcar la diferencia entre una fiscalización sin contratiempos y un riesgo operativo o sancionatorio.

Sanciones y corresponsabilidad en el traslado

La resolución también precisa distintos escenarios de incumplimiento y sus posibles consecuencias.

  • No ingresar a las áreas de control. El incumplimiento de la obligación de ingresar a las áreas segregadas se sancionará conforme al artículo 109 del Código Tributario.
  • No exhibir documentación o no informar que el vehículo va vacío. El conductor que no muestre la documentación requerida o no declare que viaja sin carga podrá ser sancionado bajo la infracción contemplada en el N.° 17 del artículo 97 del Código Tributario.
  • Falta de emisión del documento por parte del cargador. Si durante el control se detecta que el vehículo no porta documentación, o que esta no cumple con los requisitos reglamentarios, el SII revisará si la empresa cargadora emitió el documento correspondiente. Si se comprueba que no lo hizo, la sanción recaerá sobre el cargador bajo el N.° 10 del artículo 97 del Código Tributario, eximiendo al chofer de la multa del N.° 17.
  • Entrega de información falsa. Si el conductor proporciona datos falsos a los fiscalizadores, además de la multa del N.° 17, se aplicará la denuncia correspondiente bajo el N.° 10 del artículo 97 del Código Tributario.

En este escenario, la responsabilidad no recae únicamente en quien conduce el vehículo., sino que las empresas que originan el traslado también deben asegurar que la documentación electrónica exista, sea correcta y esté disponible cuando la autoridad la solicite.

La Guía de Despacho Electrónica como soporte de trazabilidad

La Resolución Exenta N.° 91 establece que sus disposiciones surtirán efecto a partir de su publicación en extracto en el Diario Oficial. Y con el endurecimiento de los controles confirma el papel central de la Guía de Despacho Electrónica en la operación logística y tributaria, ya que no solo respalda el traslado de bienes, sino que también permite construir trazabilidad, validar la operación ante la autoridad y reducir riesgos para empresas, conductores y transportistas.

Para las organizaciones que movilizan mercancías, emitir las guías de despacho de forma oportuna, correcta y consistente es una medida preventiva frente a controles más estrictos. En Estela acompañamos a las empresas en la gestión de sus documentos electrónicos para fortalecer la trazabilidad, reducir riesgos operativos y mantener el cumplimiento en un entorno fiscal cada vez más digital y preventivo.

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